Por el cual se adiciona el marcado con el número 788 de 17 de mayo último, relacionado con el ferrocarril del Carare, sección de Vélez al río Magdalena

Rango Decreto
Publicación 1930-10-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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POR EL CUAL SE ADICIONA EL MARCADO CON EL NUMERO 788 DE 17 DE MAYO ULTIMO, RELACIONADO CON EL FERROCARRIL DEL CARARE, SECCION DE VELEZ AL RIO MAGDALENA

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Además del personal que figura en el Decreto número 788 de 17 de mayo último, destinado a la conservación y vigilancia del ferrocarril del Carare, en la sección de Vélez al río Magdalena, funcionará el siguiente, encargado, de la conservación de la línea telefónica y del camino de herradura de Landázuri a Puerto Aquileo:
Mensuales.
Un Sobrestante, a $ 2 diarios $ 60
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Diez peones, a $ 0-80 diarios cada uno $ 240
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Suma $ 300
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Artículo 2° Queda en los términos anteriores adicionado el citado Decreto 788 del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1930

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras Públicas,

Fabio LOZANO T.

Digitó: CC.52.741.900

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