Por el cual se hace una distribuci?n parcial de la partida destinada para el sostenimiento de becas en el Interior
para sostenimiento de becas en el Interior.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida apropiada en el Capítulo 393, artículo 4476 del Presupuesto Nacional vigente, para el sostenimiento de becas concedidas en los establecimiento que determine el Gobierno, destínase la suma de diez mil quinientos pesos ($10.500.00) moneda corriente, distribuídos así:
| Mensual | Total | ||
|---|---|---|---|
| En 10 meses, de febrero a noviembre: | |||
| 1 Beca en la Facultad de Minas de la Universidad Nacional, de Medellín, a $150.00 mensuales | $ | 150.00 | 1.500.00 |
| 1 Beca en la Facultad de Agronomía de la Universidad de Caldas, de Manizales | 150.00 | 1.500.00 | |
| 1 Beca en la Facultad de Dibujo Arquitectónico y Decoración, de la Universidad Javeriana, de Bogotá, a $150.00 mensuales | 150.00 | 1.500.00 | |
| 1 Beca en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Los Andes, de Bogotá, a $150.00 mensuales | 150.00 | 1.500.00 | |
| 1 Beca en la Facultad de Ingeniería Forestal de la Universidad Distrital, de Bogotá, a $150.00 mensuales | 150.00 | 1.500.00 | |
| 1 Beca en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional, de Bogotá, a $150.00 mensuales | 150.00 | 1.500.00 | |
| 1 Beca en la Facultad de Bellas Artes de la Universidad Nacional, de Bogotá, a $150.00 mensuales | 150.00 | 1.500.00 _______ | |
| Totales | $ | 1.050.00 _______ | 10.500.00 _______ |
Artículo segundo. Tanto para las Facultades de Bogotá, como para las de fuera de la ciudad capital, el pago se hará tan pronto como los respectivos Síndicos-pagadores de las Universidades, remitan a la Subsecretaría Administrativo del Ministerio de Educación Nacional, la relación de alumnos becados, número de la resolución de adjudicación, número de la matrícula y constancia de asistencia.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de junio de 1959.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Hernando Agudelo Villa
El Ministro de Educación Nacional,
Abel Naranjo Villegas.
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