Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. Departamento Administrativos de Estadistica y Servicio Civil y Ministerio de Justicia), por $ 5.057.769.84
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3º del artículo 50 de la Ley 4º de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, al cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que los Departamentos Administrativos de Estadística y Servicio Civil y el Ministerio de Justicia, por medio de las Resoluciones números 2978, 022 y 2613 de 1971, respectivamente, declaran sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de que sean trasladados para, incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 5.057.769. 84.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 3132 y 33 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 33423 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 3 y 4.
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá D. E. a 10 de septiembre de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito. Público, Rodrigo Llorente M.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.