Por el cual se adiciona el Decreto número 810, de 6 de mayo de 1935

Rango Decreto
Publicación 1935-10-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le otorga el artículo 37 de la ley 100 de 1926, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1°. Créanse tres puestos mas de ayudantes, los cuales tendrán igual asignación a la fijada por el decreto 810 de 6 de mayo ultimo, o sea cien pesos ($100) mensuales cada uno, y gozaran de viáticos que por resolución fijara el ministerio de agricultura y comercio.

Artículo 2°. Nombrase a los señores Nepomuceno Azuero Neira, Enrique González y José Antonio Parra, ayudantes de la comisión de sanidad vegetal, para desempeñar los cargos a que se refiere el articulo anterior.

Articulo 3°. Las gastos que ocasiones el cumplimiento de este decreto se imputaran al capitulo 60, articulo 279, del presupuesto de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de octubre de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Francisco RODRIGUEZ MOYA

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