Por el cual se distribuye una apropiación
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
DECRETA
Artículo 1º. Disminúyese en $ 120.000.00 la apropiación del Capítulo 108, artículo 1641, ordinal U), del presupuesto vigente, carretera Cáqueza-Villavicencio.
Esta suma se incorporará en la partida global correspondiente al Capítulo 108, artículo 1641.
Artículo 2º. Del saldo en la fecha, correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 108, artículo 1641, "Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del ordinal Z), para la carretera Bogotá-Villavicencio, Sector Bogotá-Cáqueza, en $ 129.000.00.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de julio de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo- El Secretario General del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho, Argelino Duran Quintero.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.