Por el cual se derogan los Decretos 970 y 1128 de 1984

Rango Decreto
Publicación 1984-07-31
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de la que le confiere el artículo 8º de la Ley 63 de 1923, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 970 del 23 de abril de 1984 se adscribió el conocimiento y decisión de todos los asuntos relacionados con la tramitación y ejecución del proyecto del Tren Metropolitano de Medellín, en los que debía Intervenir el Ministro de Hacienda y Crédito Público, por entonces doctor Edgar Gutiérrez Castro, al doctor Jorge Ospina Sardi, Jefe del Departamento Nacional de Planeación, en razón del impedimento aducido por el citado funcionario;

Que en virtud del Decreto 1128 del 16 de mayo del mismo año, fue modificado en su articulo 1º el Decreto antes mencionado, quedando entonces el doctor Hernán Beltz Peralta, Ministro de Obras Públicas y Transporte, encargado del asunto relacionado con el Tren Metropolitano de Medellín;

Que el impedimento del doctor Gutiérrez Castro se presentaba en razón de su persona y no del cargo que desempeñaba como Ministro de Hacienda y Crédito Público;

Que por Decreto 1610 del 28 de junio de 1984 se nombró como titular de esa Cartera al doctor Roberto Junguito Bonnet,

DECRETA:

Artículo 1º Deróganse los Decreto 970 y 1128 de 1984.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Alfonso Ospina Ospina.

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