por el cual se crea un cargo de Ingeniero de Conservación

Rango Decreto
Publicación 1949-07-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad se adelanta en las islas de San Andrés y Providencia la construcción de un muelle para atracadero de embarcaciones marítimas;

Que es necesario desplegar un mayor interés en el sentido de atender convenientemente el planeamiento y ejecución de las obras portuarias de esa sección de la República, y

Que es al Departamento de Navegación al que corresponde la elaboración de planes y la supervigilancia de las obras y su conservación,

DECRETA:

Artículo 1° Créase un nuevo cargo de Ingeniero de Conservación y Construcción de Vías Navegables, dedicado especialmente a las obras que se adelantan en la Intendencia de San Andrés y Providencia, con la asignación mensual de $ 750.
Artículo 2° Los gastos que acarrea este nuevo cargo serán cubiertos con imputación al Capítulo 106, artículo 2126 del Presupuesto vigente.

Parágrafo. Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de junio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

Ey Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO –El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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