Por el cual se establecen unos cargos y se suprimen otros en el Departamento de Contabilidad y Control del Ministerio de la Economía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1940-09-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que para el cumplido desempeño de las labores que corresponden al Departamento de Contabilidad y Control del Ministerio de la Economía Nacional, se ha venido utilizando un personal cuyos emolumentos se pagan a jornal;

Que el personal en referencia tiene renglón específico en la Ley de Apropiaciones, en forma de jornal, pero que la Contraloría General de la República considera que debe ser estabilizado, fijándole el sueldo y las funciones correspondientes; y

Que el artículo 7° del Decreto legislativo numero 911 de 1932, dispone que en la Oficina de Contabilidad v Presupuesto de cada Ministerio, debe contar con el personal suficiente para el desempeño de sus labores,

DECRETA:

Articulo 1° A partir del 16 de los corrientes, y con las asignaciones mensuales que fija este Decreto, quedan establecidos los siguientes cargos en el Departamento de Contabilidad y Control del Ministerio de la Economía Nacional:
Oficial de Control $ 90.00
Estenógrafa de la Contabilidad 90.00
Estenógrafa de la Caja 90.00
Estenógrafa de la Proveeduría 90.00
Oficial de Inventarios 75.00
Artículo 2° A partir de la fecha fijada en el artículo anterior, quedan suprimidos los cargos de Acarreador y Empacador de la Sección de Proveeduría del Departamento de Contabilidad y Control del mismo Ministerio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de septiembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LEERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Miguel LOPEZ FUMAREJO

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