Por el cual se crea un puesto de Visitador ad honorem en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. A contar del día primero del próximo mes de noviembre, .la Administración Principal de Correos de la ciudad de Ibagué podrá disponer de la suma de cuarenta pesos ($ 40) para atender a los gastos de útiles de escritorio, y de la de cinco pesos ($ 5) para los de alumbrado en cada mes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de octubre de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno. Miguel ABADIA MENDEZ
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