por el cual se aprueba el Acuerdo número 5 de enero 14 de 1991, de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, Corpamag

Rango Decreto
Publicación 1991-07-16
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 5 de enero 14 de 1991 de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, Corpamag, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 5

"por el cual se adoptan los estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, Corpamag".

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 28 de 1988, el Decreto-ley 1050 de 1968, y demás normas concordantes, oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

Artículo 1º. Adoptar los siguientes estatutos que regirán la administración y el funcionamiento de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, Corpamag.

CAPITULO I

Naturaleza jurídica, duración, jurisdicción y domicilio.

Artículo 2º. **Naturaleza.** La Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, Corpamag, es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Nacional de Planeación, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, creado y organizado conforme a las normas señaladas por la Ley 28 de 1988, los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968, y los presentes estatutos.

Parágrafo. En todos sus actos, la Corporación usará como distintivo la sigla Corpamag.

Artículo 3º. **Duración.** La duración de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta será indefinida.

Artículo 4º. **Jurisdicción.** La Corporación tendrá jurisdicción en todo el territorio del Departamento del Magdalena.

Artículo 5º. **Domicilio.** Corpamag tendrá su domicilio principal en la ciudad de Santa Marta, pero podrá, según lo determine la Junta Directiva, establecer dependencias regionales en otros municipios del área de su jurisdicción.

CAPITULO II

Objeto, funciones, atribuciones y delegaciones.

Artículo 6º. **Objeto**. La Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, tendrá como finalidades principales las de promover y encauzar el desarrollo económico y social de la región comprendida bajo su jurisdicción, mediante la plena utilización de los recursos humanos y naturales, a fin de obtener el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, así mismo, investigar, conservar, proteger y desarrollar integralmente el patrimonio étnico, ecológico, cultural y arqueológico de la Sierra Nevada de Santa Marta, promoviendo la participación de las entidades que considere pertinentes.

Artículo 7º. **Funciones.** De acuerdo con sus finalidades principales y con las disposiciones legales vigentes, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, tendrá las siguientes funciones:

Parágrafo. La Corporación es la entidad que, a nivel del Departamento del Magdalena, coordina y ejecuta los planes y programas de interés social y regional que le sean asignados por el Gobierno Nacional y el Consejo Regional de Política Económica y Social de la Costa Atlántica.

Artículo 8 **º**. Expropiación. La adquisición de bienes mediante expropiación será adelantada por decisión del Director Ejecutivo de la Corporación y la demanda correspondiente será instaurada por dicho Director, previa autorización de la Junta Directiva.

CAPITULO III

Patrimono y rentas.

Artículo 9º. **Elementos que integran el patrimonio y rentas**. El patrimonio de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, está integrado por:

CAPITULO IV

Organos de Dirección y Administración

Artículo 10. **Junta Directiva y Director EJecutivo** . La dirección y administración de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta, estarán a cargo de la Junta Directiva y del Director Ejecutivo.

Artículo 11. **Composición de la Junta Directiva.** La Junta Directiva de la Corporación estará integrada por los siguientes miembros:

Parágrafo 1º. El Director Ejecutivo de la Corporación asistirá a las reuniones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto.

Parágrafo 2º. El Director del Departamento Administrativo de Planeación del Magdalena, o el funcionario que haga sus veces, podrá asistir a las reuniones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto.

Parágrafo 3º. A los miembros de la Junta Directiva les está confiada la misión de realizar los fines de la Corporación y cualquiera que sea el origen de su elección, sólo representarán en su seno los altos intereses del bienestar colectivo. En consecuencia, dichos miembros de la Junta Directiva, deberán obrar siempre consultando la política gubernamental y los intereses de Corpamag.

Artículo 12. La Junta Directiva se regirá por los siguientes parámetros:

Artículo 13. **Funciones de la Junta Directiva**. Las funciones de la Junta Directiva, son de tres (3) clases a saber:

Clase A: Que para su validez requieren de la aprobación del Gobierno Nacional.

Clase B: Que para su validez requieren de aprobación del Departamento Nacional de Planeación, o la de su representante, en la Junta Directiva.

Clase C: Que para su validez no requieren ninguna formalidad especial.

Pertenece a la CLase A:

Pertenece a la Clase B:

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