Por el cual se ratifica una facultad al Director General de la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1919-09-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del artículo 12 del Decreto ejecutivo número 1775 del corriente año se derogo inadvertidamente el artículo 3° del Decreto número 512 de 1917, que confiera al Director de la Policía Nacional la facultad que debe tener para hacer promociones, permutas y traslaciones en el personal de la Policía,

decreta:

Artículo único El Director General de la Policía Nacional pude hacer promociones, permutas y traslaciones del personal en las Oficinas, Divisiones y Secciones del Cuerpo, según las necesidades del servicio, dentro del respectivo presupuesto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de septiembre de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.

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