Por el cual se modifica el decreto número 1308 de 1931

Rango Decreto
Publicación 1931-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. El contracrédito hecho al Presupuesto vigente por el Decreto número 1308 de este año, quedará así:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE Y ASISTENCIA PUBLICA

Capítulo 70.

Personal y material.

Artículo 544 bis. Personal y material de la Policía Sanitaria $ 20,000
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 13 de octubre de 1931. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, R. URDANETA ARDELAEZ Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 13 de octubre de 1931. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, R. URDANETA ARDELAEZ
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