Por el cual se integra la Comisión Asesora creada por la Ley 20 de 1970
Ley 20 de 1970.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus, facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º L a Comisión Asesora creada por la Ley 20 de 1970 estará integrada por:
- a) El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, quien la presidirá;
- b) El Ministro de Salud Pública;
- c) El Director del Instituto Colombiano de Seguros Sociales;
- d) El Gerente de la Caja Nacional de Previsión;
- e) Los Senadores Carlos H. Tofiño y Alfonso Angarita Baracaldo;
- f) Los Representantes Oscar Salazar Jaramillo y Froilán Motoya Mazo;
- g) Los señores Antonio Díaz García y José Raquel Mercado;
- h) El doctor Arturo Campo Posada;
- i) Los señores Hernando Parra y Parmenio Cárdenas.
Artículo 2° La Comisión podrá integrar con personas de su seno y con otros representantes del sector público o privado, Subcomisiones o Grupos de Trabajo encargados de formular recomendaciones para el ejercicio de varias o de cada una de las facultades otorgadas por la ley citada
Artículo 3° El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cumplirán las funciones técnicas y administrativas necesarias para el normal funcionamiento de la Comisión y de sus Grupos de Trabajo
Artículo 4° El presente Decreto rige desde su fecha de expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de febrero de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Jorge Mario Eastman.
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