DECRETO 181 DE 1932

Rango Decreto
Publicación 1932-02-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Aplázase hasta el 1° de marzo próximo la vigencia del artículo 5° del Decreto número 136 de fecha 23 de enero, que adscribió al personal de las Auditorias Seccionales y demás empleados de la Contraloría General de la República las funciones que hoy desempeñan en la Aduanas los Fiscales, Ayudantes y Revisores de ese Departamento Administrativo, de conformidad con la Ley 79 de 1931.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 4 de febrero de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO.

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