Por la cual se provee a la creación de unos cargos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que en el presupuesto de gastos de la Sección de Servicios Públicos del Ministerio de Comercio e Industrias, correspondiente a la vigencia en curso, Capitulo 63, articulo 1102, fueron apropiados $ 110.000, destinados a atender, entre otras actividades, las relacionadas con el servicio de aforos de los ríos;
Que de dicha apropiación se cuenta en la actualidad con un saldo aproximado de $ 25.000, y
Que, en consecuencia, es indispensable proveer a la creación de los cargos técnicos necesarios que permitan designar el personal encargado de desarrollar tan importante actividad.
DECRETA:
Artículo primero. Créanse dependientes de la Sección de Servicios Públicos del Ministerio cíe Comercio e industrias, los siguientes cargos:
| Dos ingenieros Hidráulicos, con asignación mensual cada uno de | $ | 700.00 |
|---|---|---|
| Un Dibujante Topógrafo, con asignación mensual de | 300.00 | |
| Un Inspector de Estaciones de Aforos, con asignación mensual de | 300.00 | |
| Una Mecanotaquígrafa con asignación mensual de | 200.00 |
Artículo segundo. Los gastos que demande el cumplimiento de lo ordenado en el presente Decreto se imputarán, en el año en curso, con cargo al Capítulo 63, artículo 1102 del Presupuesto de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 18 de junio de 1919
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO El Ministro de Comercio e Industrias, Jorge LEYVA.
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