POR EL CUAL SE DETERMINAN LOS CARGOS AD HONOREM EN EL SERVICIO DIPLOMATICO DE LA REPUBLICA
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1º Desde el 1º de noviembre próximo, los funcionarios ad honórem en el servicio diplomático de la República, serán los siguientes:
Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios ad honórem: señor don Ricardo Sánchez Ramírez, en Chile; señor don Ricardo Vásquez, en Guatemala.
Encargado de Negocios ad honórem y ad ínterim, en Cuba, señor don Ricardo Gutiérrez Lee y Rivero.
Consejeros de Legación ad honórem: señor don Guillermo Ancízar, Consejero de la Legación en la República Argentina, con carácter de Encargado de Negocios ad ínterim; señor don Pedro Ignacio Reyes, Consejero de la Legación en Chile; señor don José María Sáenz P., Consejero de la Legación en Francia; señor don Jorge Garcés B., Consejero de la Legación en la Gran Bretaña. Adjuntos de Legación ad honórem: doctor Bernardo Samper, Adjunto a la Legación en la Gran Bretaña; señores Pedro Lodoño Sáenz y Ernesto Valenzuela, Adjuntos a la Legación en Francia; señor Pedro Obregón Arjona, Adjunto a la Legación en España; señor Olegario Russi, Adjunto Comercial a la Legación en Chile.
Artículo 2º Desde la fecha expresada en el artículo 1º del presente Decreto, serán insubsistentes todos los demás nombramientos ad honórem en el ramo diplomático.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de octubre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
R. URDANETA ARBELAEZ
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