Por el cual se reglamenta el pago de viáticos y sueldos del personal de la Policía Nacional que salga del país en comisión del servicio

Rango Decreto
Publicación 1944-08-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° A los miembros de la Policía Nacional que salgan del país en comisión del servicio, se les liquidará y pagará en dólares el valor de los viáticos y sueldos a que tengan derecho, durante el tiempo que permanezcan en el Exterior.
Artículo 2° Este Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá, a 31 de julio de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

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