por el cual se concede un aporte a la Asociación Colombiana de Basket-Boll
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de Sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Del saldo de la apropiación hecha en el Capítulo 352, articulo 3789 del Pre supuesto Nacional vigente, destinase la suma de dos mil quinientos, pesos ($ 2.500.00), moneda corriente, como aporte del Gobierno Nacional a la Asociación Colombiana de Basket-Ball, para contribuir a los gastos que ocasione el desplazamiento de un equipo de basket-ball femenino al V Campeonato Suramericano de Basket-Ball, con sede en la ciudad de Quilo, y el cual se verificará del 4 al 16 de agosto del año en curso.
Artículo segundo. La suma de que trata el artículo anterior se pagará al Tesorero de la Asociación Colombiana de Basket-Ball, y a su cargo estarán la inversión y cuenta que deban rendirse a la Contraloría General de la República.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 1° de agosto de 1956
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Carlos Villaveces.
El Ministro de Educación Naciona1,
Gabriel Betancur Mejía.
(Publicado en el. Diario Oficial número 29117 de fecha 30 de agosto de 1956).
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