Por el cual se aprueba el Acuerdo número 022 del 2 de junio de 1988, que modifica la estructura orgánica y funciones del Instituto de Crédito Territorial

Rango Decreto
Publicación 1988-09-06
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el literal b), artículo 26 del Decreto número 1050 de 1968, y en concordancia con el Parágrafo I, Numeral 2 del artículo 14 del Decreto número 2538 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1ºApruébase en todas sus partes el Acuerdo número 022 de junio 2 de 1988 emanado de la Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 022 DE 1988

"por el cual se modifica la estructura orgánica y funciones del Instituto de Crédito Territorial".

La Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial, en uso de sus atribuciones estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional en su lucha contra la Pobreza Absoluta, dispone la atención prioritaria de zonas en las cuales es necesaria la presencia física de sus instituciones;

Que en la Región de Urabá, la vivienda, como uno de los problemas sociales debe ser atendida por una Oficina del Instituto de Crédito Territorial;

Que en consecuencia, se requiere la creación de la Oficina de Urabá, dependiente de la Regional Antioquia,

Acuerda:

Artículo 1°Modificar el Numeral 14, "Oficinas", del artículo 1°del Acuerdo 033 de 1983, aprobado mediante Decreto número 2176 de 1983, así:

Artículo 2°Modificar el Título del artículo 81 del Acuerdo número 033 de 1983, aprobado mediante Decreto número 2176 de 1983, el cual quedará así:

"Oficinas de Girardot, Territorios Nacionales, Tumaco, Leticia, Barrancabermeja, Buenaventura, Zona Sur Oriental de Cartagena y Urabá".

"Parágrafo. La Oficina de Urabá desarrollará las funciones previstas en el artículo 82, del Acuerdo número 033 de 1983".

Artículo 3°Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de junio de 1988.

El Presidente de la Junta Directiva, Ministro de Desarrollo Económico,

(Fdo.) FUAD CHAR ABDALA.

El Secretario de la Junta Directiva,

(Fdo.) HUGO FUENTES RESTREPO».

ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto número 2176 de 1983.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de septiembre de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Desarrollo Económico,

Carlos Arturo Marulanda Ramirez.

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