Por el cual se autoriza una nueva emisión de estampillas postales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que los 7.000,000 de estampillas solicitadas por la Administración de Especies Postales, desde mayo último, cuyo contrato fue pasado al Departamento de Provisiones, y debidamente legalizado, fue aprobado por el Excelentísimo señor Presidente de la República, a fines de agosto pasado;
Que con fecha 4 de septiembre fue puesto al estudio del Consejo de Estado, de donde aún no ha sido devuelto, y
Que formalizado dicho contrato, es todavía necesario un plazo mínimo de cuatro meses para que dichas estampillas lleguen y puedan ser distribuídas en las Oficinas Postales,
decreta:
Artículo 1. Autorízase al señor Ministro de Correos y Telégrafos para que por la Litografía Nacional se fabriquen las estampillas de un centavo ($ 0-01) y tres centavos ($ 0-03), que, con carácter de provisionales, sean necesarias para atender al servicio postal, entre tanto pueda proveerse a la Administración de Especies Postales de las estampillas inglesas reconocidas por la Unión Postal Universal, como de emisión permanente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de noviembre de 1924.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Manuel María VALDIVIESO.
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