Por el cual se autoriza pignorar, a la Intendencia Nacional del Meta, su renta de licores, para garantizar un contrato de construcción de una vida pública

Rango Decreto
Publicación 1941-10-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Desde la fecha del presente Decreto autorízase a la Intendencia Nacional del Meta para pignorar su renta de licores, con el fin de garantizar las obligaciones contraídas en el contrato de fecha 23 de agosto de este año, suscrito entre dicha entidad y los señores José Miguel de la Calle y Carlos Ceballos, sobre construcción de la carretera entre el puente sobre el río Guayuriba y la población de Acacías, de conformidad con lo establecido en la cláusula 6° del prenombrado contrato.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de octubre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

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