Por el cual se fija una asignación en el Servicio Diplomático
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Asígnase a la Legación de Colombia en las Repúblicas de la América Central la suma de doscientos pesos, ($ 200) mensuales para gastos de representación; útiles de escritorio y arrendamiento de local.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1918.
MARCO FIDEL SUAREZnoneEl Ministro de Relaciones Exteriores, Pedro Antonio MOLINA
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