Por el cual se autoriza la venta de un inmueble a las Empresas Municipales de Cali
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando
que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional,
decreto
Artículo primero. Facúltase al señor Ministro de Obras Públicas para que, prescindiendo de los requisitos exigidos por el Código Fiscal, ceda a las Empresas Municipales de Cali, a título oneroso, el derecho de dominio que la Nación tiene en dos lotes de terreno situados sobre la margen izquierda del rio Cauca, en el paraje denominado Juanchito, en jurisdicción del Municipio de Cali, que forman parte del inmueble que en mayor porción fue comprado por escritura pública número 833, otorgada el 10 de septiembre de 1934 ante el señor Notario 1° de dicha ciudad, cuyos linderos generales son: 1° Con área de 4.464 M2 de extensión por un costado limita con el rio Cauca; por otro, de los herederos con terrenos de don Eduardo Londoño Ochoa, y por el otro, con de herederos de Jaime Benítez, y encierra en forma triangular. 2° con extensión de 18.771.55 M2. Oriente, con el río Cauca; por el Occidente, con predios de Eduardo Londoño Ochoa; por el Norte, con el rio Cauquita, y por el Sur, con el lote que la Nación cedió a las mismas Empresas.
Artículo segundo. El señor Ministro de Obras Publicas procederá a otorgar la respectiva escritura tan pronto la entidad compradora consigne en la Administración de Hacienda Nacional del Valle el valor de la venta, que será fijado de conformidad con el artículo 6 del Decreto número 2927, del 1º de octubre de 1954.
Artículo tercero. El presente Decreto regirá desde su fecha, quedando suspendidas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de julio de 1955.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabon Nuñez
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis
El Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gabriel París
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Juan Guillermo Restrepo Jaramillo
El Ministro del Trabajo,
Castor Jaramillo Arrubla
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía
El Ministro de Fomento,
Manuel Archila Monroy
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Manuel Arenas
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Ayerbe
El Ministro de Comunicaciones,
Brigadier General Gustavo Berrio Muñoz
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Ruben Piedrahita Arango
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