Por el cual se reorganizan algunos servicios en el Lazareto de Agua de Dios

Rango Decreto
Publicación 1942-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las atribuciones que le conceden las Leyes 32 de 1918, 20 de 1927 y 32 de 1932,

DECRETA:

Artículo primero. Del próximo 1° de febrero en adelante, suprimense en el Lazareto de Agua de Dios seis (6) Agentes de la Policía interna, y en su lugar créanse cuatro (4) Guardianes, encargados de la vigilancia de los presos y presas recluídos en las cárceles de dicho Leprosorio, con la asignación de veintidós pesos ($ 22) mensuales cada uno.
Artículo segundo. Igualmente créase el puesto de Ayudante de Desinfección de envases, del mencionado Lazareto, a partir del 1° de febrero próximo en adelante, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30).

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 29 de enero de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA

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