Por el cual se fija la remuneración al personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE

Rango Decreto
Publicación 1984-02-09
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,

DECRETA:

Artículo 1° Fíjanse las siguientes escalas de remuneración para el personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE:
Cargo Grado asignación básica gastos de representación total
gerente 03 66.200 66.200 132.400
subgerente 05 47.800 47.800 95.600
secretario general 06 47.800 47.800 95.600
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto 310 de 1983 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984. Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto 310 de 1983 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984. Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto 310 de 1983 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984. Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto 310 de 1983 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984. Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto 310 de 1983 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984.
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Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de enero de 1984,

belisario betancur

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Encargado,

Florángela Gómez de Arango.

El Ministro de Comunicaciones,

Bernardo Ramírez Rodríguez.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladén

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