Por el cual se hacen varias supresiones en la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1917-11-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Desde el quince de noviembre próximo quedarán suprimidos en la Policía Nacional los siguientes puestos:

Décima División-Sección Ambulante de la Costa Atlántica

Cuatro Agentes de primera clase.

Seis Agentes de segunda clase.

Cuarenta Agentes de tercera clase.

Policía de Fronteras y Zapadores Frontera Norte

Un Jefe Superior de la Frontera

División de Cúcuta

Un Comisario de segunda clase Ayudante

Un Agente de primera clase

Frontera Sur

Un Jefe Superior de la Frontera

Sección de Ipiales

Un Comisario de tercera clase Ayudante

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de octubre de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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