Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Ferrocarril del Magdalena)

Rango Decreto
Publicación 1953-07-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Con cargo al Capítulo 109, artículo 1847 del Presupuesto Fiscal de la presente vigencia, créanse los siguientes cargos dependientes de la Sección Administrativa de Servicios del Departamento de Estudios y Localización del Ferrocarril del Magdalena, del Ministerio de Obras Públicas:
Mensuales Mensuales
Un (1) Jefe de Transporte Aéreo y Piloto de Avioneta $ 1.300.00
Tres (3) Pilotos de Helicóptero, cacada uno con 1.000.00
Un (1) Mecánico-Jefe $ 800.00
Dos (2) Mecánicos-Primeros, cada uno con 600.00
Dos (2) Mecánicos-Segundos, cada uno con 500.00
Dos (2) Mecánicos-Terceros, cada uno con 300.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de julio de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez

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