Por el cual se divide el territorio de la Republica de Distritos Electorales
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno hacer la división del territorio de la República para efectos electorales, toda vez que el Legislador no lo ha verificado (artículo 3.º de la Ley 119 de 1892);
Que el Poder Ejecutivo, á fin de formar convenientemente los Distritos Electorales, convocó una Junta compuesta de individuos de distintas parcialidades políticas que, dividida en nueve comisiones, ha presentado sendos proyectos de división electoral de los Departamentos, y
Que dichos proyectos han tenido por fundamentos los respectivos censos, aprobados legalmente, con la circunstancia de haberse tenido en cuenta, para la reintegración de las circunscripciones, la agrupación de Distritos municipales contiguos y de fácil comunicación con la correspondiente cabecera del Distrito Electoral,
DECRETA:
Art. 1º Divídese el territorio de la República en los siguientes Distritos Electorales, según el orden que aparece á continuación:
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
Distrito Electoral de Medellín
Compuesto de Itagüí, Heliconia y Medellín, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Fredonia
Compuesto de Amagá, Armenia, Caldas, Estrella, Envigado, Retiro, Titiribí, Santa Bárbara y Fredonia, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Jericó
Compuesto de Anzá, Betulia, Concordia, San Juan de Salgar, Bolívar, Andes, Jardín, Támesis, Ebéjico y Jericó que será su cabecera.
Distrito Electoral de Sopetrán
Compuesto de Antioquia, Belmira, Buriticá, Cañasgordas, Pavarandocito, Dabeida, Frontino, Giraldo, Liborina, Sabanalarga, San Jerónimo, Sucre, San Pedro, Urrao y Sopetrán, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Santo Domingo
Compuesto de Amalfi, Copacabana, Girardota, San Roque, Remedios, Segovia, Yolombó, Entrerríos, Barbosa, Carolina y Santo Domingo, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Santa Rosa
Compuesto de Angostura, Anorí, Cáceres, Campamento, Yarumal, San Andrés, Ituango, Don Matías, Zaragoza, Zea y Santa Rosa, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Marinilla
Compuesto de Concepción, Cocorná, Guarne, Guatapé, Peñol, Rionegro, San Calos, San Luis, San Rafael, San Vicente, Vahos, Puerto Berrío y Marinilla, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Sonsón
Compuesto de Aguadas, Ceja, Carmen, Abejorral, Santuario, San Agustín, Valparaíso y Sonsón, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Manizales
Compuesto de Aranzazu, Filadelfia, Neira, Pácora, Pensilvania, Salamina, Nueva Caramanta y Manizales, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DE BOLIVAR
Distrito Electoral de Barlovento
Compuesto de los Municipios de Baranoa, Galapa, Juan de Acosta, Palmar de Varela, Polonuevo, Providencia, Sabanagrande, San Andrés de Providencia, Santo Tomás, Soledad, Tubará, Usiacurì y Barranquilla, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Bolívar
Compuesto de los Municipios de Arjona, Calamar, Guamo, Mahates, San Estanislao, San Juan Nepomuceno, San Onofre, Santa Rosa, Turbaco y Cartagena, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Caldas
Compuesto de los Municipios de Magangue, Ovejas, San Jacinto, Sincé, Tetón, Sambrano y Carmen, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Ribón
Compuesto de los Municipios de Barranco de Loba, Majagual, Margarita, Morales, Pinillos, San Benito Abad, San Fernando, San Martín de Loba, Simití, Sucre y Mompós, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Santander
Compuesto de los Municipios de Campo de la Cruz, Manatí, Santa Catalina, Villanueva y Sabanalarga, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Sinù
Compuesto de los Municipios de Cereté, Ciénaga de Oro, Chimá, Montería, Purísima, Sahagún, San Andrés de Sotavento, San Pelayo y Lorica, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Sotavento
Compuesto de los Municipios de Ayapel, Caimito, Chinú, Morroa, Palmito, Sampués, Sincelejo, Tolú, Tolú Viejo y Corozal, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DE BOYACÀ
Distrito Electoral de Chiquinquirá
Compuesto de los Municipios de Briceño, Pauna, Muzo, Maripí, Coper, Buenavista, Caldas, Saboyá, Ráquira y Chiquinquirá, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Moniquirá
Compuesto de los Municipios de Santana, Pare, Chitaraque, Togüi, Guatoque, Arcabuco, Gachantivá, Leiva, Sutamarchan, Tinjacá y Moniquirá, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Tunja
Compuesto de los Municipios de Viracachá, Samacá, Cómbita, Chivatá, Oicatá, Motavita, Soracá, Ventaquemada, Sáchica, Chiquiza, Sora, Cucaita, Boyacá y Tunja, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Toca
Compuesto de los Municipios de Iza, Tuta, Ciénaga, Siachoque, Cuítiva, Puebloviejo, Pesca, Tota, Sotaquirá y Toca, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Sogamoso
Compuesto de los Municipios de Tivasosa, Firavitoba, Mongua, Tópaga, Gámeza, Corrales, Tasco, Socha, Labranzagrande, Pajarito, Recetor y Sogamoso, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Santa Rosa
Compuesto de los Municipios de Duitama, Paipa, Betéitiva, Busbanzá, Nobsa, Floresta, Cerinza, Belén, Tutasá y Santa Rosa, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Garagoa
Compuesto de los Municipios de Macanal, Chinavita, Turmequé, Tibaná, Jenesano, Chibirí y Garagoa, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Guateque
Compuesto de los Municipios de Guayatá, Somondoco, Sutatenza, Capilla de Tenza, Pachavita, Úmbita y Guateque, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Miraflores
Compuesto de los Municipios de Páez, Zetaquirá, Ramiriquí, Chámeza, Orocué, Morcote, Pore, Arauca, Arauquita, Todos los Santos, Marroquín, Zapatosa, Paya, Pisba, Nunchía, Támara, Moreno y Miraflores, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Soatá
Compuesto de los Municipios de Covarachia, Susacón, Sátiva Norte, Sátiva Sur, La Paz, Socotá, Jericó, Boavita, Uvita y Soatá, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Cocuy
Compuesto de los Municipios de El Espino, La Capilla, Chiscas, Guacamayas, Güicán, Panqueba, Chita, Salina, Sácama, Tame, Barroblanco, Chire, Ten, Lope, Trinidad, Cravo y el Cocuy, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DEL CAUCA
Distrito Electoral de Amaime
Compuesto de los Municipios de Candelaria, Pradera, Florida, Santander, Buenosaires, Caloto, Caldoso, Corinto, Celandia, Toribio, Jambaló, Santana, Cerrito y Palmira, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Centro
Compuesto de los Municipios de San Pedro, Guacarí, Tulúa, San Vicente, Buga la Grande, Zarzal, Roldanillo, La Unión, Bolívar, Huasanó, Vijes, Yotoco y Buga, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Choco
Compuesto de los Municipios de Nóvita, Tadó, San Pablo, Baudó, Condoto, Sipí, Cuellar, Quibdó, Bagadó, Lloró, Riosucio, Turbo, Bebará, Carmen, Murindó y Nóvita, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Guáitara
Compuesto de los Municipios de Mocoa, Alto Caquetá, Bajo Caquetá, Aguarico, Florida, Sandoná, Consacá, Tambo, Yacuanquer, Tangua, Funes, Ospina, Imués, Guaitarilla, Ancuya, Samaniego, Linares, Guachaves, yascual y Pasto, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Pacífico
Compuesto de los Municipios de Buenaventura, Naya, Anchicaya, Centro, Micay, Timbiquí, Gaupí, Tumaco, Iscuandé, Mosquera, Las Islas del litoral del Pacifico y Caseríos de la Costa, que correspondían á la Provincia de Barbacoas, Jamundí, Pavas, Yumbo, Salado y Cali, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Patía
Compuesto de los Municipios de Almaguer, La Cruz, San Pablo, Mercaderes, San Sebastián, La Vega, Arbela, La Unión, Berruecos, Taminango, San Lorenzo, Tablón, Buesaco, Patía, Dolores, Rosario y Bolívar, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Puracé
Compuesto de los Municipios de Calibio, Cajibío, Coconuco, Morales, Páez, Paniquitá, Puracé, Rioblanco, Silvia, La Sierra, Tambo, Tímbio, Tunía, Totoró y Popayán, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Quindío
Compuesto de los Municipios de Riosucio, Marmato, Supía, Apía, Quinchía, Ansermaviejo, Pereira, Santa Rosa, María, Salento, San Francisco, Obando, Victoria, Ansermanuevo, Toro, Armenia, Finlandia y Cartago, que será su cabecera.
Distrito Electora del Sur
Compuesto de los Municipios de Ipiales, Carlosama, Cumbal, Guachucal, Contadero, Gualmatán, Pupiales, Iles, Pastás, Potosí, Puerres, Barbacoas, Bocagrande, Magüí, San José, San Pablo, Salahonda, Sapuyes, Mallama y Túquerres, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
Distrito Electoral de Bogotá
Compuesto del Municipio del mismo nombre, con 95,813 habitantes.
Distrito Electoral de Chocontá
Compuesto de los Municipios de Hatoviejo, Machetá, Manta, Suesca, Tibirita y Chocontá, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Facatativá
Compuesto de los Municipios de Anolaima, Bojacá, Engativá, Zipacón, Subachoque, Cota, Fontibón, Funza, San Francisco, Sasaima, Supatá, La Vega y Facatativá, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Guatavita
Compuesto de los Municipios de Cabuyaro, Gachalá, Gachetá, Guasca, Junín, Medina, La Calera, Gachancipá, Tocancipá, Ubalá y Guatavita, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Magdalena
Compuesto de los Municipios de Anapoima, Beltrán, Chaguaní, Girardot, Guataquí, Jerusalén, La Paz, Nariño, Pulí, Puerto de Bogotá, Quipile, San Juan, Tocaima y Guaduas, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Oriente
Compuesto de los Municipios de Chipaque, Choachí, Fosca, Fómeque, Quetame, San Martín, Ubaque, Une, Uribe, Usme, Villavicencio, Gutiérrez y Cáqueza, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Rionegro
Compuesto de los Municipios de Bituima, Caparrapí, Guayabal, La Peña, La Palma, Nocaima, Nimaima, Quebradanegra, Útica, Vianí y Villeta, que será su cabecera.
Distrito Electoral Tequendama
Compuesto de los Municipios de Bosa, Madrid, El Colegio, Fusagasugá, Arbeláez, Mosquera, Nilo, Pasca, Pandi, Ricaurte, Tena, San Antonio, Soacha, Tibacuy, Viotá y La Mesa, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Ubaté
Compuesto de los Municipios de El Carmen, Cucunubá, Fúquene, Guachetá, Lenguazaque, Simijaca, San Cayetano y Paime, Sutatausa, Susa, Tausa y Ubaté, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Zipaquirá
Compuesto de los Municipios de Cajicá, Chia, Cogua, Nemocón, Pacho, Peñón, Sopó, Sesquilé, Suba, Tabio, Tenjo, Usaquén, Vergara y Zipaquirá, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DE MAGDALENA
Distrito Electoral de Santa Marta
Compuesto de los Municipios de La Ciénaga, Puebloviejo, Sitionuevo, Remolino, Salamina, Pivijay, Piñon, El Cerro, Tenerife, Plato y Santa Marta, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Padilla
Compuesto de los Municipios de Fonseca, San Juan de Cesar, Villanueva, Valledupar, Espiritusanto, Barrancas y Riohacha, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Sur
Compuesto de los Municipios de El Banco, González, Aguachica, La Gloria, Tamalameque, Guamal, Chiriguaná, Chimichagua, Santana y Río de Oro, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DE PANAMÁ
Distrito Electoral de Panamá
Compuesto de los Municipios de Arrayán, chame, Capira, Chorrera, Chepo, emperador, Gorgona, San Carlos, Taboga y Panamá, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Colón
Compuesto de los Municipios de Bocas del Toro, Buenavista, Chagres, Gatún, Portobelo, Santa Isabel y Colón, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Coclé
Compuesto de los Municipios de Antón, Aguadulce, La Pintada, Natá, Ola y Penonomé, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Los Santos
Compuesto de los Municipios de Chitré, Guararé, Las Tablas, Las Minas, Los Santos, Macaracas, Ocú, Pocrí, Pedací, Parita, Santa Maria, Tonosí y Pesé, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Veraguas
Compuesto de los Municipios de Atalaya, Calobre, Cañazas, La Mesa, Las Palmas, Montijo, Riojano, San Francisco, Santafé, Lona y Santiago, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Chiriquí
Compuesto de los municipios de Alanje, Boquerón, Bugada, Dolega, Gualaca, Los Remedios, San Felix, San Lorenzo, San Pablo, Tolé y David, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DE SANTANDER
Distrito Electoral de Cúcuta
Compuesto de los Municipios de Concordia, Gramalote, Cúcuta, Rosario, Salazar, San Cayetano y San José, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Charalá
Compuesto de los Municipios de Sincelada, Confines, Encino, Guadalupe, Ocamonte, Oiba, Onzaga, Suaita y Charalá, que será su cabecera.
Distrito Electoral de García Rovira
Compuesto de los municipios de Concepción, Capitanejo, Carcasí, Cerrito, Enciso, Maracaibo, San Andrés, San Miguel, Tequia y Málaga, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Guanentá
Compuesto de los Municipios de Aratoca, Curití, Cabrera, Jordán, Mogotes, Pinchote, San Joaquín, Valle y San Gil, que será su cabecera.
Distrito Electoral de San Galán
Compuesto de los Municipios de Barichara, Betulia, Galán, Hato, Palmar, Simacota, y Zapatota, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Ocaña
Compuesto de los Municipios de Aspasica, Carmen, Convención, La Cruz, san Calixto, San Pedro, Teorama y Ocaña, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Pamplona
Compuesto de los Municipios de Arboledas, Bochalema, Chinácota, Cácota, Cucutilla, Chitagá, Labateca, Mutiscua, Silos, Toledo y Pamplona, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Socorro
Compuesto de los Municipios de Aguada, Cite, Contratación, Chima, Gambita, Guapotá, Güepsa, La Paz, San Benito, Palmas, Páramo y Socorro, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Soto
Compuesto de los Municipios de California, Lebrija, Matanza, Rionegro, Suratá y Bucaramanga, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Piedecuesta
Compuesto de los Municipios de Cepitá, Florida, Girón, Guaca, Malagavita, Umpalá y Piedecuesta, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Vélez
Compuesto de los Municipios de Bolívar, Chipatá, Guavatá, Jesús Maria, Puente Nacional, Sucre y Vélez, que será su cabecera.
DEPARTAMENTO DEL TOLIMA
Distrito Electoral del Norte
Compuesto de los Municipios de Caldas, Fresno, Guayabal, Honda, Lérida, Líbano, Manzanares, Mariquita, Marulanda, Santana, Santo Domingo, Soledad, Venadillo, Victoria, Villahermosa y Ambalema, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Ibagué
Compuesto de los Municipios de Piedras, Coello, Espinal, Miraflores, San Luis, Valle, Ortega é Ibagué, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Centro
Compuesto de los Municipios de Ataco, Coyaima, Chaparral, Dolores, Prado, Purificación, Natagaima, Cunday, Melgar, Carmen y Guamo, que será su cabecera.
Distrito Electoral de Neiva
Compuesto de los Municipios de Aipe, Baraya, Campoalegre, Carnicerías, Colombia, Guagua, Hobo, Iquira, Retiro, Alpujarra, Unión, Villavieja, Yaguará y Neiva, que será su cabecera.
Distrito Electoral del Sur
Compuesto de los Municipios de Agrado, Altamira, Elías, Gigante, Guadalupe, Hato, Jagua, Naranjal, Paicol, Pital, Pitalito, Plata, Santa Librada, Timaná y Garzón, que será su cabecera.
Art. 2º Cada Distrito Electoral elegirá los Representantes y Diputados determinados en los artículos 2.º de la Ley 119 de 1892 y 9.º de la Ley 7.ª de 1888.
Art. 3º El número de Concejeros Municipales se determinará como lo dispone el artículo 49 de la Ley últimamente citada.
Art. 4º Los Municipios de las Intendencias de Casanare y San Martín, con los cuales se han reintegrado los Distritos Electorales de Boyacá y Cundinamarca, respectivamente, no votarán para Diputados á las Asambleas de dichos Departamentos.
Art. 5º Quedan derogados todos los Decretos y Resoluciones que, sobre división territorial, se hayan expedido anteriormente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 17 de Diciembre de 1902.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho,
Antonio Gutierrez Rubio
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