Por el cual se hace un traslado en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores

Rango Decreto
Publicación 1934-10-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Hágase en el Presupuesto de la actual vigencia el siguiente traslado.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Del capítulo 19, artículo 48. Viáticos consulares, la suma de $ 5,000

Para trasladarlos al capítulo 19, artículo 47. Viáticos diplomáticos 5,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

R. URDANETA ARBELAEZ

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