Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1937-12-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la, partida consignada en el artícuio 324, Capítulo 55, de la Ley de Apropiaciones vigente, destínase la cantidad de doscientos ochenta pesos ($ 280) para cubrir gastos de atenciones hechas en Manizales, por cuenta del Gobierno Nacional, a los universitarios chilenos que visitaron el país en el presente año.

Parágrafo. Los pagos respectivos se efectuarán por conducto del Administrador de Hacienda Nacional en Manizales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 19 de octubre de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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