por el cual se aprueba el Acuerdo número 499 de 1990, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que modifica la planta de personal de la Seccional Tolima, del Instituto de Seguros Sociales

Rango Decreto
Publicación 1990-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 4° del Decreto extraordinario 1651 de 1977,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 499 del 8 de marzo de 1990, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 0499 DE 1990

(marzo 8)

“por el cual se modifica la planta de personal, de la Seccional Tolima, del Instituto de Seguros Sociales”.

La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal n) del artículo 55 del Decreto-ley 1650 de 1977 y de conformidad con los Decretos-ley 1651, 1652 y 1700 de 1977 y 1313 de 1978,

ACUERDA:

Artículo 1° Suprímese de la planta de personal de la Seccional Tolima, los empleos para la Atención Especializada, Hospitalaria y de urgencias en la localidad de Ibagué, creados mediante Acuerdo 106 de 1980, artículo 2°; Acuerdo 41 de 1980, artículo 3°, literal b); Acuerdo 105 de 1981, artículo 155; Acuerdo 208 de 1982, artículo 46 y Acuerdo 866 de 1985, artículo 19, literal b); aprobados respectivamente por los Decretos 327, 2691 de 1980, 947, 1520 de 1982 y 2119 de 1986.

Artículo 2° Suprímese los siguientes empleos de la planta de personal de la Seccional Tolima para la atención básica de la localidad de Ibagué:

No. de cargos Dependencias, áreas y unidades funcionales. Denominación. Dedicación Clase Grado
SERVICIOS DE APOYO SERVICIOS DE APOYO SERVICIOS DE APOYO SERVICIOS DE APOYO
Laboratorio Clínico Laboratorio Clínico Laboratorio Clínico Laboratorio Clínico
3 Bacteriólogo Completa II 20
1 Bacteriólogo Parcial (4 hs) II 20
1 Técnico de Servicios Asistenciales (Cito-diagnóstico) Parcial (4 hs) III 18
3 Auxiliar de Servicios Asistenciales (Laboratorio) Completa II 13
TECNICOS COMPLEMENTARIOS TECNICOS COMPLEMENTARIOS TECNICOS COMPLEMENTARIOS TECNICOS COMPLEMENTARIOS
2 Terapista Completa II 20

Artículo 3° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Clínica ISS - Ibagué de la ciudad de. Ibagué, serán desarrolladas por la planta de personal que a continuación se establece:

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