Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1937-12-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De la partida asignada para profesores, material y demás gastos de los orfeones populares en la distribución que se hizo por medio del artículo 3° del Decreto número 30 del corriente año, de los fondos votados en el artículo 317, Capítulo 55, de la Ley de Apropiaciones vigente, destinase la cantidad de $ 195, para atender a gastos del Consultorio Médico de los orfeones populares de Bogotá, así:
Sueldo de un Médico, a $ 50 mensuales, en los meses de octubre a diciembre inclusive $ 150
Sueldo de un Portero, a $ 15 mensuales, en los meses de octubre a diciembre inclusive. 45
Total $ 195
Artículo 2° Nómbrase Médico del Consultorio de los orfeones populares de Bogotá, al doctor Ernesto Gualteros, con la anterioridad del 1° de octubre del presénte año, fecha desde la cual está prestando sus servicios.
Artículo 3° Nómbrase Portero del Consultorio de los orféones populares de. Bogotá,, al señor Francisco Medina A., con la anterioridad del 1°de octubre en curso, fecha desde la cual está prestando sus servicios.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 19 de octubre de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M.

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