por el cual se declaran ad honorem unos empleos, se suprimen unas plazas, se fijan unas asignaciones, y se crea un empleo en el ramo Postal
El Presidente de la Republica de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales
decreta:
Artículo 1.º Decláranse ad honorem los empleos de las Oficinas de Punta de Yanes y Sandoval, Departamento de Bolívar, y suprímense, en el servicio de Correo Urbano de la ciudad de Cúcuta tres plazas de Cartero.
Artículo 2.º Fíjanse las siguientes asignaciones mensuales:
La del Ayudante del Contador de la Administración Principal de Correos de Cúcuta, en cincuenta pesos ($ 50).
Las de los Administradores de Correos de Corozal y de Madrid, en treinta y cinco y treinta pesos ($ 35 y $ 30), respectivamente.
Artículo 3.º Créase en la Administración Principal de Correos de la ciudad de Cúcuta la plaza de Ayudante, con la dotación mensual de treinta pesos ($ 30).
Parágrafo. El presente Decreto empezará a surtir sus efectos desde el día diez y seis (16) del mes en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de noviembre de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.