Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972 y se hace una sustitución de recursos. (Ministerio de Relaciones Exteriores y de Obras Públicas), por $ 4.080.000.00

Rango Decreto
Publicación 1972-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Publica y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1972, del Ministerio de Relaciones Exteriores, por $ 20.000 financiados con el producto del superávit fiscal de 1971, y hacer unas sustituciones de recursos en el presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas por valor de $4.060.000.00, financiados con el producto del empréstito negociado con Manufacturers Hanover Limited, de Inglaterra, según contrato de fecha 15 de julio de 1972, para incrementar unas apropiaciones del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 10 de 1972, por $404.359.234.88, de los cuales se utilizan $ 20.000.00 para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1972, por $ 887.200.000.00 de los cuales se utilizan $ 4.060.000.00 para financiar la sustitución de recursos;

Que el numeral 2° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971 autorizó al Gobierno Nacional "para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito y abrir o reducir las apropiaciones correspondientes" y el artículo 51 "para ajustar a las normas legales y contractuales pertinentes las apropiaciones que se financien con recursos diferentes a los ordinarios", y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de cuatro millones ochenta mil pesos ($ 4.080.000.00) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 10 y 23 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Recursos de Capital

Capítulo XV

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 166. Superávit fiscal de 1971 $ 20.000.00
Capítulo XVI Recursos del Crédito b) Recursos del crédito externo Capítulo XVI Recursos del Crédito b) Recursos del crédito externo Capítulo XVI Recursos del Crédito b) Recursos del crédito externo
Numeral 198. Producto del empréstito Manufacturers Hanover Limited, de Inglaterra, según contrato de 15 de julio de 1972 $ 4.060.000.00
Suman los recursos $ 4.080.000.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 126 Asuntos Consulares Gastos generales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 126 Asuntos Consulares Gastos generales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 126 Asuntos Consulares Gastos generales
106, 112, 211, artículo 1220. Materiales y suministros 20.000.00
Suma el crédito adicional $ 20.000.00
Artículo 3° Sustitúyese en el presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas la financiación de la siguiente apropiación de recursos ordinarios por la de Manufacturers Hanover Limited.
PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas Capítulo 710 Ministerio de Obras Públicas Programa 711 Plan Vial Nacional Subprograma 5. Conservación de carreteras nacionales. Inversión indirecta (Crédito Hanover Ltd.) PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas Capítulo 710 Ministerio de Obras Públicas Programa 711 Plan Vial Nacional Subprograma 5. Conservación de carreteras nacionales. Inversión indirecta (Crédito Hanover Ltd.) PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas Capítulo 710 Ministerio de Obras Públicas Programa 711 Plan Vial Nacional Subprograma 5. Conservación de carreteras nacionales. Inversión indirecta (Crédito Hanover Ltd.) PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Obras Públicas Capítulo 710 Ministerio de Obras Públicas Programa 711 Plan Vial Nacional Subprograma 5. Conservación de carreteras nacionales. Inversión indirecta (Crédito Hanover Ltd.)
584, 264, artículo 7263-E. Conservación rutinaria de vías en los diferentes distritos 4.060.000.00
Proyecto 1. Distrito número 16. Cúcuta $ 736.966.00
Proyecto 2. Distrito número 17. Ibagué 3.323.034.00
Suma la sustitución $ 4.060.000.00
Resumen Resumen Resumen Resumen
Valor del crédito adicional 20.000.00
Valor de la sustitución 4.060.000.00
Total $ 4.080.000.00
Artículo 4° Con base en los recursos liberados en el artículo anterior, increméntanse las siguientes apropiaciones del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 121 Dirección Superior Gastos generales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 121 Dirección Superior Gastos generales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Relaciones Exteriores Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 121 Dirección Superior Gastos generales
105, 111, 201, artículo 1155. Mantenimiento y aseguros $ 60.000.00
Programa 122 Servicio Diplomático en el Exterior Servicios personales Programa 122 Servicio Diplomático en el Exterior Servicios personales Programa 122 Servicio Diplomático en el Exterior Servicios personales
101, 112, 105, artículo 1162. Gastos de representación $ 4.000.000.00
Suman los incrementos $ 4.060.000.00
Artículo 5° Se aclara que el Instituto Colombiano de Energía Eléctrica es la unidad ejecutora de los artículos números 7305, 7323, y 7324 del presupuesto de inversión del Ministerio de Obras Públicas, correspondientes a la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica (CORELCA).

En este sentido queda modificado el artículo 4° del Decreto número 518 de 1972.

Artículo 6° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de septiembre de 1972.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado, Hugo Palacios Mejía.

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