Por el cual se declaran sobrantes parte de las apropiaciones liquidadas en el presupuesto de gastos del Ministerio de Trabajo

Rango Decreto
Publicación 1962-07-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TRABAJO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones, legales, y

CONSIDERANDO

que previo estudio, que se ha hecho del presupuesto del Ministerio, se ha encontrado que pueden contracreditarse las partidas que abajo se indican sin perjuicio de los servicios a que están destinadas,

RESUELVE:

Artículo primero. Declarar sobrantes, y por lo tanto disponible para ser transferida, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos $ 250.000.00) parte de las apropiaciones que se indican a continuación, recurso que se destinará a financiar otros gastos de la Administración Pública.

Capítulo 0804

Oficina de Planeamiento,

Coordinación y Evaluación.

Programa 1

Administración e Investigaciones

Económico-Laborales.

Castos generales.

105, 111. Del artículo 8041. Compra de equipo $ 20 000 00

Capitulo 0805

Oficina Jurídica.

Programa 1

Administración, Conciliación y Arbitraje.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8063. Compra de equipo 10 000.00

Capítulo 080Í)

División Jefatura Rama Técnica.

Programa II

Divulgación Laboral.

Gastos generales.

105,111. Del artículo 8098 Compra de equipo 14.000.00

Capítulo 0808

División de Asuntos Colectivos del Trabajo.

Programa, II

Reglamentación y Control Sindical.

Gastos generales.

105,325. Del artículo 8132. Compra de equipo 10.000.00

Programa III

Auditoría Sindical

Gastos generales.

105, 325. Del artículo 8163. Compra de equipo $ 15.000.00

Capítulo 0809

Division de Asuntos Campesinos.

Programa II

Asuntos Colectivos e Individuales del Trabajo del Campo.

Gastos generales.

105, 324. Del artículo 8185. Compra de equipo 5.000.00

Capítulo 0812

División de Salud Ocupacional.

Programa I

Administración de la División.

Gastos generales.

106, 323. Del artículo 8207. Impresos y publicaciones 3.200.00

Capitulo 0813.

Organizaciones Regionales.

Programa I

Dirección Regional de Antioquia

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8295. Compra de equipo 10.000.00

Programa II

Dirección Regional del Atlántico.

Gastos generales.

105,111. Del artículo 8306. Compra de equipo 8.900.00
106,111. Del artículo 8308. Servicios de comunicaciones. 1.100.00

ProgramaIII.

Dirección Regional de Bolívar.

Gastos generales.

105,111. Del artículo 8317. Compra de equipo 6.000.0

Programa IV

Dirección Regional de Boyacá.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8328. Compra de equipo 8.000.00

Programa V

Dirección Regional de Caldas.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8340. Compra de equipo 11.000.00

Programa VI

Direcciones Regional de Cauca.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8351. Compra de equipo 4.000.00

Programa VII

Dirección Regional de Córdoba.

Gastos generales.

105,111. Del artículo 8362. Compra de equipo 4.000.00

Programa VIII

Dirección Regional de Cundinamarca.

Gastos generales.

105,111. Del artículo 8374. Compra de equipo 20.000.00
106.111. Del artículo 8379. Impresos y publicaciones 2.000.00

Programa IX

Dirección Regional del Chocó.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8385. Compra de equipo $ 2.000.00

Programa X

Dirección Regional del Huila.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8396. Compra de equipo 3.000.00

Programa XI

Dirección Regional del Magdalena.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8407. Compra de equipo 9.000.00
106, 111. Del artículo 8412. Impresos y publicaciones 1.000.00

Programa XII

Dirección Regional del Meta.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8418. Compra de equipo 2.000.00

Programa XIII

Dirección Regional de Nariño.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8429. Compra de equipo 3.000.00

Programa XIV

Dirección Regional Santander del Norte.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8440. Compra de equipo 8.000.00
106, 111. Del artículo 8445. Impresos y publicaciones 800.00

Programa XV

Dirección Regional de Santander.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8452. Compra de equipo 10.000.00
106, 111. Del artículo 8457. Impresos y publicaciones 1.500.00

Programa XVI

Dirección Regional del Tolima.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8463. Compra de equipo 6.000.00

Programa XVII

Dirección Regional del Valle.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8475. Compra de equipo 20.000.00

Programa XVIII

Direcciones Regionales de San Ándres y Providencia,

Caquetá y La Guajira.

Gastos generales.

105, 111. Del artículo 8486. Compra de equipo 4.000.00

Capítulo 0814

Consejo Nacional de Salarios.

Programa I

Administración del Consejo.

Gastos generales

106, 329. Del artículo 8502. Impresos y publicaciones 2.500.00

Programa II

Consejos Seccionales de Salarios.

Servicios personales.

101, 329. Del artículo 8503. Suel

Gastos generales

106, 329. Del artículo 8512. Impresos y publicaciones 2.000.00

Capítulo 0816

División de Personal

Gastos generales

106, 111. Del artículo 8534. Impresos y publicaciones 3.000.00
106, 329. Suman los contracréditos $ 250.000.00
Artículo segundo. Por la Dirección Nacional del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se procederá a solicitar al Contralor General de la República la constitución de la correspondiente reserva provisional y la expedición del Certificado de Disponibilidad respectivo, que sirva de base para el contracrédito que se proyecta, al tenor de lo dispuesto por el Decreto número 00164 de 1950.

Comuniquese y cumplace.

Dada en Bogotá, D. E., a 11 de junio de 1962.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Jorge Mejía Palacio,

El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio del Trabajo,

Víctor G. Ricardo.

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