por el cual se adscriben al ministerio de industrias los asuntos referentes a la marina mercante

Rango Decreto
Publicación 1928-10-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

En uso de la facultad que le confiere el artículo 132 de la Constitución Nacional,

DECRETA

Artículo único. Adscribense al Ministerio de Industria los asuntos relacionados con la marina mercante

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1928

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Gobierno

Enrique J ARRAZOLA

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