Por el cual se aumenta el personal militar de la División de la Policía Nacional, Norte de Santander
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el 16 de agosto del presente año, la Dirección General de la Policía Nacional celebró con la Gobernación del Departamento del Norte de Santander un contrato, sobre prestación de servicios de Policía;
Que este contrato, previo dictamen favorable del Consejo de Ministros, fue aprobado el 25 de agosto por el Organo Ejecutivo, y revisado por el honorable Consejo de Estado el 7 de septiembre; y
Que de acuerdo con lo estipulado en él, la Policía Nacional está prestándole sus servicios al Departamento desde el l° de septiembre en curso, para lo cual hubo que aumentar el personal en servicio,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del l° de los corrientes, queda aumentada la División de Policía Nacional "Norte de Santander," con las siguientes unidades:
1 Teniente.
3 Subtenientes.
4 Sargentos.
10 Cabos.
86 Agentes.
Artículo 2° Los sueldos del personal aumentado en el artículo anterior, serán los fijados para el personal militar de la Policía Nacional en la Ley 98 de 1937.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de septiembre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Carlos LOZANO Y LOZANO
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