por el cual se aprueba el Acuerdo número 012 del 7 de mayo de 1997 que adopta la Estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se determinan las funciones de sus dependencias
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por artículo 26 del Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
ARTICULO 1º. Apruébese en todas sus partes el Acuerdo número 012 del 7 de mayo de 1997, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 012 DE 1997
por el cual se adopta la Estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de lnterés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se determinan las funciones de sus dependencias.
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias y en especial por las conferidas por el artículo 14 de la Ley 3º de 1991,
ACUERDA:
- 1. DE LA ESTRUCTURA
Artículo 1 **º.** La estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, será la siguiente:
A. Nivel Central
Junta Directiva
1.0 Gerencia General
1.1 Oficina Jurídica
1.2 Oficina de Control Interno
2.0 Secretaría General
3.0 Subgerencia Administrativa y Financiera
3.1 División de Desarrollo Humano
3.2 División de Recursos Físicos
3.3 División de Presupuesto y Contabilidad
3.4 División de Tesorería
4.0 Subgerencia de Gestión Urbana y Asistencia Técnica
4.1 División de Vivienda y Entorno
4.2 División de Reforma Urbana
4.3 División de Finanzas para el Desarrollo Urbano
5.0 Subgerencia de Planeación y Sistema de Información
6.0 Organos de Coordinación y Asesoría
6.1 Comisión de Personal
6.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
B. Nivel Regional
7.0 Regionales de: Antioquia, Santa Fe de Bogotá, Valle del Cauca, Atlántico, Bolívar,
Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Santander y Tolima.
7.1 Dirección Regional
7.1.1 División Administrativa
7.1.2 División de Reforma Urbana y Vivienda
8.0 Regionales de: Caldas, Cesar, Córdoba, Magdalena, Meta, Quindío, Risaralda, Sucre, Caquetá, Chocó, Guajira y San Andrés y Providencia.
8.1 Dirección Regional
9.0 Organos de Asesoría y Coordinación Regional
9.1 Subcomité de Coordinación del Sistema de Control Interno
- II. DE LAS FUNCIONES
Junta Directiva
Artículo 2 **º.** La Junta Directiva cumplirá las funciones señaladas en la Ley 3º de 1991, en los Estatutos Internos del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y en las demás disposiciones legales vigentes.
Gerencia General
Artículo 3º **.** Además de las funciones señaladas en los Estatutos Internos del Inurbe y demás disposiciones vigentes, la Gerencia General cumplirá las siguientes:
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- Garantizar que se establezca, desarrolle, mantenga y perfeccione el Sistema de Control Interno, adecuado a la naturaleza, estructura y misión de la entidad, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
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- Ordenar la Ejecución de los Planes y Proyectos de la entidad y procurar su evaluación y ajustes, de conformidad con las normas vigentes.
-
- Dirigir la actividad contractual de la entidad, así como los procesos de selección de contratistas y dictar los actos, adjudicar y celebrar los contratos que requiera el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, para el desarrollo de sus objetivos y fines.
-
- Adoptar el Manual Específico de Funciones y Requisitos Mínimos de la entidad, con la asesoría del Departamento Administrativo de la Función Pública.
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- Constituir apoderados que representen al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en asuntos judiciales y extrajudiciales.
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- Presentar para aprobación de la Junta Directiva, los proyectos de reglamentación, adición o modificación de las disposiciones sobre otorgamiento y administración del Subsidio Familiar de Vivienda, otorgamiento de créditos y asistencia técnica con destino a planes de vivienda de interés social, así como sobre la participación de las comunidades.
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- Definir los procedimientos internos para el diligenciamiento del formulario único de inscripción para planes de vivienda de interés social, así como para los postulantes al Subsidio Familiar de Vivienda.
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- Someter a aprobación de la Junta Directiva, el balance y los estados financieros del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe.
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- Crear y conformar grupos de trabajo mediante resolución, teniendo en cuenta Estructura Interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la entidad, bajo la coordinación y supervisión del funcionario que el Gerente General designe.
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- Distribuir mediante resolución el personal en los cargos que se establecen en la norma de Planta de Personal, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la administración.
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- Crear, conformar y asignar funciones mediante acto administrativo e igualmente, los órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.
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- Las demás que le señale la Constitución y las leyes, la Junta Directiva y todas aquellas funciones que se relacionen con la organización y funcionamiento del Inurbe, y con el fomento de la vivienda de interés social y la promoción de la aplicación de la Ley 9º de 1989.
Secretaría General
Artículo 4 **º.** Son funciones de la Secretaría General:
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- Coordinar la elaboración de proyectos de acuerdo, resoluciones y demás actos administrativos, en colaboración con las demás dependencias; así como los proyectos de normas que deban someterse a consideración de la Gerencia y Junta Directiva, producir la jurisprudencia y doctrina Inurbe, proveniente de Junta Directiva.
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- Ejercer la Secretaría de la Junta Directiva, en cumplimiento de lo establecido en los estatutos internos de la entidad.
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- Notificar los actos administrativos proferidos por el Instituto y expedir copias de éstos, cuando le sean solicitados.
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- Velar por el cumplimiento de las normas internas y reglamentarias en el Inurbe.
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- Mantener la relación de los actos de interés general que expide el Instituto con el fin de autorizar su publicación cuando se estime necesario.
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- Dirigir y coordinar el programa de quejas y reclamos de los ciudadanos, entidades públicas y privadas para velar por su correcta resolución.
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- Presentar a la Junta Directiva de la entidad y a la Gerencia General los informes que le sean solicitados y que tengan relación con las actividades de la dependencia.
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- Apoyar a la Gerencia General en las acciones de coordinación interinstitucional con entidades como Presidencia de la República, Congreso de la República, Departamento Nacional de Planeación y Ministerio de Desarrollo Económico, entre otras.
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- Ejercer la Presidencia de los comités de vivienda, educativo, conciliaciones, servicio médico, comisión de personal y los demás que sean de su incumbencia por delegación de la Gerencia General.
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- Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina Jurídica
Artículo 5 **º.** Son funciones de la Oficina Jurídica:
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- Asesorar a la Gerencia General y demás dependencias del Inurbe en el trámite y solución de asuntos de carácter jurídico relacionado con la gestión de la entidad, garantizando que las actuaciones se ajusten al marco legal vigente.
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- Representar jurídicamente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover mediante poder que le otorgue el Gerente General del Inurbe y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.
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- Resolver las solicitudes que formulen las autoridades jurisdiccionales, de policía, las del Ministerio Público, al igual que las presentadas por los particulares u otras entidades, cuando traten sobre asuntos que competen a la entidad.
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- Preparar en coordinación con las dependencias correspondientes, todo lo relacionado con los pliegos de condiciones para las licitaciones públicas o privadas que realice el Instituto, así como las bases para los concursos de méritos que se convengan.
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- Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, Decretos, Acuerdos, Contratos, Convenios y demás actos administrativos que deba expedir o proponer la entidad, que sean sometidos a su consideración.
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- Adelantar los trámites y procedimientos de naturaleza jurídica relacionados con la actividad contractual del Instituto, en sus etapas de celebración, legalización, ejecución y liquidación.
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- Velar porque las acciones institucionales se ajusten a la normatividad vigente garantizando así la legalidad de las mismas.
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- Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la entidad.
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- Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de su dependencia.
Oficina de Control Interno
Artículo 6 **º.** Son funciones de la Oficina de Control Interno:
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- Asesorar y apoyar a la Gerencia General en la definición de la política referida al diseño e implementación del sistema de control interno que contribuya a incrementar la eficiencia y la eficacia en las diferentes áreas de la entidad, así como la de garantizar la calidad en la prestación de los servicios de la Institución.
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- Vigilar que la atención que preste el Inurbe, se ajuste a las normas legales vigentes y rendir a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 190 de 1995.
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- Establecer en coordinación con las demás dependencias los parámetros y/o indicadores que permitan evaluar la gestión y la prestación del servicio de la entidad.
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- Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la entidad y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
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- Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
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- Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la entidad para que en coordinación con la Subgerencia de Planeación y Sistema de Información se recomienden los ajustes necesarios y sirvan de apoyo a los directivos en la toma de decisiones.
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- Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad con el fin de recomendar los correctivos que sean necesarios.
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- Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que para garantizar el desarrollo del mandato constitucional haya diseñado la entidad.
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- Ejercer la Secretaría del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno manteniendo permanentemente informado a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad.
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- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Subgerencia Administrativa y Financiera
Artículo 7 **º.** Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera:
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- Asesorar a la Gerencia General en el diseño de políticas, planes, programas, proyectos y normas, para la provisión, aplicación y control de los recursos físicos, financieros y del talento humano.
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- Celebrar las contrataciones que por delegación le sean asignadas por la Gerencia General, siempre y cuando sean acordes con el plan general de compras y las necesidades de servicio de personal, para garantizar el eficiente funcionamiento de la entidad.
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- Dirigir y coordinar el plan general de compras y establecer los mecanismos y la logística que permitan la óptima administración de los recursos, procurando niveles adecuados en términos de calidad, eficiencia y eficacia.
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- Dirigir y controlar los programas de mantenimiento, conservación, seguros, y salvaguardia de los bienes muebles e inmuebles, vigilancia, aseo, administración del parque automotor y demás servicios generales, con el fin de garantizar un uso racional de estos recursos.
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- Coordinar la implementación de políticas de desarrollo organizacional para promover el fortalecimiento de una cultura orientada al servicio y al mejoramiento continuo.
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- Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de planes y programas orientados a optimizar y modernizar el desarrollo humano de la entidad y orientar actividades relacionadas con la administración de la contratación de servicios personales, profesionales y de carrera administrativa; salarios, selección, inducción, entrenamiento, capacitación, evaluación de personal, bienestar social y retiro.
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- Dirigir y coordinar las actividades orientadas a consolidar y a ajustar el presupuesto general de la entidad, los flujos mensuales de gastos e inversión y elaborar el programa anual de caja para garantizar el manejo racional de los recursos financieros.
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- Proponer a la Gerencia General el portafolio de inversiones que por su rentabilidad y conveniencia social deba efectuar el Instituto, igualmente realizar el control y seguimiento de los recursos invertidos.
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- Dirigir y controlar los procesos de Tesorería, Presupuesto y Contabilidad, así como coordinar la presentación de informes, balances y estados financieros a la Gerencia General y a las entidades del Estado, encargadas del manejo y control de los recursos fiscales.
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- Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Desarrollo Humano
Artículo 8 **º.** Son funciones de la División de Desarrollo Humano:
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- Garantizar que dentro del proceso de selección de personal de la entidad se cumpla lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 y demás normas legales vigentes, en lo referente a mantener el archivo correspondiente de las hojas de vida de los empleados de la entidad en el formato único existente para este fin y reportar su contenido al Sistema Unico de Información del Departamento Administrativo de la Función Pública.
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- Coordinar la ejecución de los planes y programas dando cumplimiento a las normas que en materia de administración del desarrollo humano, deben observarse en las funciones de selección, contratación, inducción, capacitación, entrenamiento, promoción, salarios, prestaciones sociales, evaluación del desempeño, carrera administrativa y retiro de los funcionarios del Instituto.
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- Liderar y administrar los programas que para fortalecer la cultura organizacional se diseñen en la entidad y evaluar su contribución al logro de la misión institucional.
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- Dirigir la elaboración de los proyectos de resolución sobre las diferentes novedades del personal, tales como nombramientos, ascensos, licencias y demás situaciones administrativas que deban desarrollarse en la entidad para el cumplimiento de su misión.
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- Coordinar y desarrollar actividades de bienestar social que deban implementarse para beneficio de los funcionarios de la entidad.
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- Orientar, coordinar y desarrollar programas de Seguridad Social, Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y servicio médico familiar para los funcionarios de la entidad y sus beneficiarios, acorde con las normas vigentes.
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- Colaborar con las dependencias pertinentes y en el trámite de los negocios que se susciten, ante el Contencioso Administrativo y con las demás autoridades que lo requieran.
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- Expedir conforme a las normas, las certificaciones y demás constancias que le soliciten en materia de personal.
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- Dirigir, coordinar y controlar los procesos y funciones de comunicaciones internas, requeridos para el óptimo funcionamiento de la entidad.
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- Coordinar con las diferentes dependencias de la entidad el diseño, la programación y desarrollo del plan de capacitación de los funcionarios, con el fin de apoyar el cumplimento de la misión institucional.
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- Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Dibisión de Recursos Físicos
Artículo 9 **º.** Son funciones de la División de Recursos Físicos:
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- Dirigir la elaboración del Plan General de Compras o las adiciones a éste, de acuerdo con las necesidades de las dependencias del nivel central y regional, para orientar un uso racional de los recursos.
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- Dirigir el Centro de Documentación y Archivo General, así como el programa de correspondencia general de la entidad, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.
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