por el cual se aprueba el Acuerdo número 012 del 7 de mayo de 1997 que adopta la Estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1997-07-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por artículo 26 del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Apruébese en todas sus partes el Acuerdo número 012 del 7 de mayo de 1997, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 012 DE 1997

por el cual se adopta la Estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de lnterés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias y en especial por las conferidas por el artículo 14 de la Ley 3º de 1991,

ACUERDA:

Artículo 1 **º.** La estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, será la siguiente:

A. Nivel Central

Junta Directiva

1.0 Gerencia General

1.1 Oficina Jurídica

1.2 Oficina de Control Interno

2.0 Secretaría General

3.0 Subgerencia Administrativa y Financiera

3.1 División de Desarrollo Humano

3.2 División de Recursos Físicos

3.3 División de Presupuesto y Contabilidad

3.4 División de Tesorería

4.0 Subgerencia de Gestión Urbana y Asistencia Técnica

4.1 División de Vivienda y Entorno

4.2 División de Reforma Urbana

4.3 División de Finanzas para el Desarrollo Urbano

5.0 Subgerencia de Planeación y Sistema de Información

6.0 Organos de Coordinación y Asesoría

6.1 Comisión de Personal

6.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

B. Nivel Regional

7.0 Regionales de: Antioquia, Santa Fe de Bogotá, Valle del Cauca, Atlántico, Bolívar,

Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Santander y Tolima.

7.1 Dirección Regional

7.1.1 División Administrativa

7.1.2 División de Reforma Urbana y Vivienda

8.0 Regionales de: Caldas, Cesar, Córdoba, Magdalena, Meta, Quindío, Risaralda, Sucre, Caquetá, Chocó, Guajira y San Andrés y Providencia.

8.1 Dirección Regional

9.0 Organos de Asesoría y Coordinación Regional

9.1 Subcomité de Coordinación del Sistema de Control Interno

Junta Directiva

Artículo 2 **º.** La Junta Directiva cumplirá las funciones señaladas en la Ley 3º de 1991, en los Estatutos Internos del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y en las demás disposiciones legales vigentes.

Gerencia General

Artículo 3º **.** Además de las funciones señaladas en los Estatutos Internos del Inurbe y demás disposiciones vigentes, la Gerencia General cumplirá las siguientes:

Secretaría General

Artículo 4 **º.** Son funciones de la Secretaría General:

Oficina Jurídica

Artículo 5 **º.** Son funciones de la Oficina Jurídica:

Oficina de Control Interno

Artículo 6 **º.** Son funciones de la Oficina de Control Interno:

Subgerencia Administrativa y Financiera

Artículo 7 **º.** Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera:

División de Desarrollo Humano

Artículo 8 **º.** Son funciones de la División de Desarrollo Humano:

Dibisión de Recursos Físicos

Artículo 9 **º.** Son funciones de la División de Recursos Físicos:

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