sobre inversión de un auxilio para la Intendencia de San Andrés y Providencia

Rango Decreto
Publicación 1940-10-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto número 907 del año en curso, dispuso que con la partida de $ 5.000 destinada por el Ministerio de la Economía Nacional para el sostenimiento de la Granja Agrícola de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, se atendería también al establecimiento y sostenimiento de la Granja Agrícola de la isla de Providencia;

Que estudiadas las posibilidades de fundar la Granja Agrícola en la mencionada isla, se ha tropezado con dificultades de orden técnico que no ha sido posible allanar; y

Que, en cambio, en la isla de San Andrés viene funcionando con muy buen éxito la Granja Agrícola fundada por el Ministerio de la Economía Nacional, y allí se adelanta un plan de fomento, intensificación y defensa del cultivo del cocotero y otros cultivos apropiados a la naturaleza de la región,

DECRETA:

Artículo único. Refórmase el Decreto número 907 de 1940, en el sentido de que la totalidad de la sama de $ 5.000, destinada por el Ministerio de la Economía Nacional para el fomento agrícola en la Intendencia de San Andrés y Providencia, se destinará al mejoramiento de la Granja Agrícola en la isla de San Andrés y a la intensificación de semilleros de coco para mejorarlos, a dar impulso a este cultivo y a atender a la sanidad vegetal de las plantaciones existentes en esa isla.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de octubre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno

Jorge GARTNER

El Ministro de la Economía Nacional,

Miguel LOPEZ PUMAREJO

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