por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1964 (Ministerio de Guerra), por $ 9.322.404

Rango Decreto
Publicación 1964-08-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Decreto-ley número 1675 de 1964, orgánico del manejo del Presupuesto Nacional, el Gobierno está facultado para hacer, en receso del Congreso, traslaciones presupuéstales dentro de las apropiaciones de cada Ministerio o Departamento Administrativo, previa certificación del Contralor General de la República de que la apropiación que se va a transferir está libre de afectaciones;

Que el Ministerio de Guerra ha solicitado unas traslaciones dentro de las apropiaciones de su Presupuesto de Gastos, a fin de atender eficazmente el cumplimiento de sus labores;

Que las traslaciones propuestas no exceden el 10% del monto total de las apropiaciones inicialmente votadas por el Congreso para la referida dependencia, conforme a lo previsto en el artículo 99 del Decreto-ley número 1675 de 1964;

Que el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 35, por $ 9.322.404, para amparar las traslaciones de que se trata, y

Que se han observado todas las normas legales requeridas para esta, clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1964.

Presupuesto de Funcionamiento.

MINISTERIO DE GUERRA

Contracréditos.

CAPITULO 351

Administración y Dirección del Ministerio.

Programa I

Gabinete del Ministro.

Transferencias.

Del artículo 3512. Pago de prestaciones sociales $ 7.022.404

CAPITULO 354

Armada Nacional.

Programa I

Operación Administrativa de la Armada.

Servicios Personales.

Del artículo 3553. Sueldos del personal de nómina (primas, bonificaciones y gastos de representación) $ 2.000.000
CAPITULO 355 Fuerza Aérea Colombiana Programa I Operación Administrativa de la FAC. Servicios Personales. CAPITULO 355 Fuerza Aérea Colombiana Programa I Operación Administrativa de la FAC. Servicios Personales. CAPITULO 355 Fuerza Aérea Colombiana Programa I Operación Administrativa de la FAC. Servicios Personales.
Del artículo 3575, Remuneración por Servicios Técnicos 150.00
Del artículo 3577. Prima de Navidad 150.000
Suman los contracréditos $ 9.322.404
Créditos. CAPITULO 351 Administración y Dirección del Ministerio. Programa I Gabinete del Ministro. Servicios Personales. Créditos. CAPITULO 351 Administración y Dirección del Ministerio. Programa I Gabinete del Ministro. Servicios Personales. Créditos. CAPITULO 351 Administración y Dirección del Ministerio. Programa I Gabinete del Ministro. Servicios Personales.
Al artículo 3501. Sueldos del personal de nómina (primas, bonificaciones y gastos de representación) 879.150
Al artículo 3502. Remuneración por Servicios Técnicos 24.482
Al artículo 3503. Prima de Navidad 3.684
Al artículo 3504. Partida de Alimentación, lavado y peluquería 65.088
Gastos Generales. Gastos Generales. Gastos Generales.
Al artículo 3509. Gastos varios e Imprevistos 50.000
Transferencias. Transferencias. Transferencias.
Al artículo 3511. Sostenimiento Hospital Militar 6.000.000
CAPITULO 354 Armada Nacional Programa I Operación Administrativa de la Armada. Servicios Personales. CAPITULO 354 Armada Nacional Programa I Operación Administrativa de la Armada. Servicios Personales. CAPITULO 354 Armada Nacional Programa I Operación Administrativa de la Armada. Servicios Personales.
Al artículo 3556. Prima de Navidad 100.000
Gastos Generales. Gastos Generales. Gastos Generales.
Al artículo 3563. Materiales y Suministros 900.000
Programa III Equipo y Material de Guerra. Gastos Generales. Programa III Equipo y Material de Guerra. Gastos Generales. Programa III Equipo y Material de Guerra. Gastos Generales.
Al artículo 3569. Mantenimiento y Aseguros 1.000.000
CAPITULO 355 Fuerza Aérea Colombiana Programa I Operación Administrativa de la FAC. Gastos Generales. CAPITULO 355 Fuerza Aérea Colombiana Programa I Operación Administrativa de la FAC. Gastos Generales. CAPITULO 355 Fuerza Aérea Colombiana Programa I Operación Administrativa de la FAC. Gastos Generales.
Al artículo 3584. Materiales y Suministros $ 300.000
Suman los créditos $ 9.322.404
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de julio de 1964,

guillermo leon valencia

Diego Calle Restrepo, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.