Por el cual se aprueba un Reglamento para servicio del Ejército

Rango Decreto
Publicación 1934-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase y adóptase para el servicio del Ejército el Reglamento para la construcción y explotación de ferrocarriles de campaña, propuesto al Ministerio de Guerra por el señor General F. J. Díaz, Asesor Militar de dicho Ministerio.

Dado en Bogotá a 21 de septiembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Alberto PUMAREJO

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