Sobre creación de unos cargos en el Ministerio de Agricultura

Rango Decreto
Publicación 1951-09-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 5° del Decreto-ley número 3692 de 1950, y

CONSIDERANDO

que en el desarrollo de la labor de investigación agrícola que con la colaboración de la fundación Rockefeller se llevan a cabo en diversas estaciones y granjas experimentales, se hace precisa la destinación transitoria de determinados agrónomos auxiliares,

DECRETA:

Artículo primero. Por el término comprendido entre el dieciséis de setiembre del corriente año se crean en la dependencia de la división de investigación del Ministerio de Agricultura los cargos de agrónomos cuyas asignaciones mensuales se indican a continuación:
Dos agrónomos de tercera categoría, cada uno $ 600.00
Dos agrónomos de cuarta categoría, cada uno 500.00
Dos agrónomos auxiliares, cada uno 450.00
Artículo segundo. Al pago de los sueldos del personal de que trata este Decreto se atenderá con imputación al artículo 524, capítulo 48, del presupuesto del Ministerio de Agricultura.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a primero de septiembre de 1951.

LAUREANO GÓMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro Angel Escobar.

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