Por el cual se fija una partida para gastos de útiles de escritorio de una oficina postal
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Desde el día primero del próximo mes de noviembre fíjase en quince pesos ($ 15) la partida mensual para gastos de útiles de escritorio de la Administración Principal de Correos de la ciudad de Popayán.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de octubre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
Miguel ABADIA MENDEZ.
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