Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos del Colegio Académico de Cartago
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único.
Para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos del Colegio Académico de Cartago; se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
Capítulo 62, articulo 848
| Para sueldos. en doce (12) meses, de enero a diciembre, así | Mensual | Total |
|---|---|---|
| Rector | $ 225.00 | 2.700.00 |
| Secretario Habilitado | 120.00 | 1.440.00 |
| Jefe de Disciplina | 150.00 | 1.800.00 |
| Diez Profesores Directores de Grupo a $ 130.00 cada uno | 1.300,00 | 15.600.00 |
| Profesor de Educación Física | 100 | 1.200.00 |
| Médico | 60.00 | 720.00 |
| Dentista | 50.00 | 600.00 |
| Bibliotecario | 35.00 | 420.00 |
| Preparador de Ciencias | 30.00 | 360.00 |
| Portero | 40.00 | 480.00 |
| Servicio doméstico según distribución que hará el Rector hasta, | 65.00 | 780.00 |
| Total | $ 2.175.000 | 26.100.00 |
| b) Capitulo 62, articulo 849. Para alimentación en diez (10) meses, de enero a julio y de octubre a diciembre: | Mensual | Total |
| Seis empleados internos, a $ 13.00 , cada uno a | 90.00 | 900.00 |
| Alimentación de veinte alumnos internos, a $ 15.00 cada uno | 300.00 | 3.000 |
| Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, excursiones, deportes y demás gastos de este Colegió, hasta | 2.100 00 | |
| Total | $6.000.00 | |
| Parágrafo. La partida de seis mil pesos $ 6 000.00 que debe aportar el Departamento del Valle del Cauca, según contrato de nacionalización del Colegio. Académico de Cartago, para gastos de sostenimiento del mismo establecimiento será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional, destinándola a cubrir los demás gastos de sostenimiento del mencionado plantel. | Parágrafo. La partida de seis mil pesos $ 6 000.00 que debe aportar el Departamento del Valle del Cauca, según contrato de nacionalización del Colegio. Académico de Cartago, para gastos de sostenimiento del mismo establecimiento será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional, destinándola a cubrir los demás gastos de sostenimiento del mencionado plantel. | Parágrafo. La partida de seis mil pesos $ 6 000.00 que debe aportar el Departamento del Valle del Cauca, según contrato de nacionalización del Colegio. Académico de Cartago, para gastos de sostenimiento del mismo establecimiento será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional, destinándola a cubrir los demás gastos de sostenimiento del mencionado plantel. |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de enero de 1943.
ALFONSO LÓPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARÁUJO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado, del Despacho de Educación Nacional,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
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