Por el cual se modifica el Decreto número 1752 de 1948
El Presidente de la República de Colombia.
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Modificase el artículo 2º del Decreto número 1752 de 1948 que organizó el Departamento de Cooperativas del Ministerio de Obras Públicas, en el sentido de que el sueldo del Jefe Director de dicho Departamento será de $ 600 mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 2 de junio de 1948
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas
Luis Ignacio ANDRADE
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