Por el cual se aprueba el sistema de clasificación, de remuneración y la nomenclatura de los empleos del Instituto de Asuntos Nucleares

Rango Decreto
Publicación 1969-11-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo primero. Apruébase el acuerdo número 10 de la Junta Directiva del Instituto de Asuntos Nucleares, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 10 DE 1969

(octubre 13)

Por el cual se determina el sistema de clasificación, remuneración y la nomenclatura de los empleos del Instituto de Asuntos Nucleares.

La junta directiva del instituto de asuntos nucleares, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo primero. Adóptase para los empleos del instituto de asuntos nucleares el sistema de clasificación el sistema de remuneración y la nomenclatura establecida por los decretos 2285 y 3191 de 1968, con las siguientes adicionales:
Empleos. Director. Series y Clases. Categoría Sueldos Sueldo de ingreso.
Carpinteros: Carpintero III II 1.310
Electricistas: Electricista III 18 2.540
Físicos: Físico 24 4.500
Jefes de Grupo: Jefe de Grupo VII 25 4.950
Operadores de Reactor Nuclear: Operador de Reactor Nuclear I 14 1.740
Operadores de Reactor Nuclear: Operador de Reactor Nuclear II 15 1910
Químicos de suelos: Químico de suelos 24 4.500
Radioquímicos: Radioquímico I 24 4.500
RadioQuímicos: RadioQuímico II 25 4.950
Técnico en Equipos Electrónicos: Técnico en Equipo Electrónico V 20 3.070
Técnicos Camarógrafos: Técnico Camarógrafo I 19 2.790
Técnicos Camarógrafos: Técnico Camarógrafo II 21 3.380
Secretarias Mecanógrafas: Secretaria Mecanógrafa 15 1.910
Bibliotecarias: Bibliotecaria V 19 2.790
Auxiliar de Contabilidad: Auxiliar de Contabilidad IV 15 1.910
Técnicos Vidrieros: Técnico Vidriero I 19 2.790
Técnicos Vidrieros: Técnico Vidriero II 21 3.380
Artículo segundo. La Junta Directiva para asignar cuando lo estime necesario, y previo cumplimiento de las formalidades del caso. Prima Técnica a las personas que ocupen los empleos de: División de Aplicaciones en las Ciencias Físico y Químico: Al Jefe de División, al Jefe de la Sección de Química, al Jefe de Grupo de Análisis por activación, al Radio Químico del Grupo de Análisis por activación, a los Grupos Químicos del Grupo de Química Analítica, al Jefe de Grupo de Química de las radiaciones, al Químico de Grupo Producción de Radioisótopos, al Jefe de Sección de Física, al Jefe de Grupo de Trazadores, al Jefe de Grupo de Instrumentación, al Jefe de Grupo Radiaciones, al Jefe de Sección de Biología y Medicina, al Radioquímico de la Sección de Biología y Medicina, a los Médicos de la Sección de Biología y Medicina, al Jefe de Sección de Agricultura, al Jefe de Grupo de Fertilización, a los Ingenieros Agrónomos del Grupo de Fertilización, al Jefe de Grupo de Suelos, al Químico de Suelos del Grupo de Suelos, al Jefe de Grupo de Genética, al Ingeniero Agrónomo del Grupo de Genética de Prospección; División Investigación y Coordinación Académica: Al Jefe de División, al Jefe de Grupo de RadioQuímica, al Jefe de Sección de Coordinación Universitaria, al Físico Nuclear División Servicios Técnicos: Al Jefe de División, al Jefe de Sección de Redactor, al Jefe de Sección de Fuente de Gamma, al Ingeniero de la Sección Fuente de Gamma, al de la Sección de Electrónica, al Ingeniero Electrónico de la Sección Electrónica, al Jefe de la Sección de Radio Física Sanitaria, al Jefe de Grupo de Estudio Radiométrico Ambiental, al Ingeniero Químico del Grupo de Estudio Radiotécnico Ambiental, a los Químicos del Grupo de Estudio Radiotécnico Ambiental, al de Grupo de Seguridad Radiológica, al Físico del Grupo de Seguridad Radiológica.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 13 de octubre de 1969.

El Presidente de la junta, Ernesto Beltrán Cortes. El secretario, Guillermo Sarmiento González.

Artículo segundo. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 4 de diciembre de 1969.

carlos lleras restrepo

Carlos Gustavo Arrieta, Ministro de Minas y Petróleos, Abdón Espinosa Valderrama, Ministro de Hacienda y Crédito Público, Delina Guarín de Vizcaya, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

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