por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 1999-09-20
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de New York, con el fin de dirigirse a la 54º Sesión de la Organización de las Naciones Unidas, y a la ciudad de Washington, para entrevistarse con el señor Presidente de los Estados Unidos, Bill Clinton, y realizar una visita oficial al honorable Congreso de los Estados Unidos, entre los días 18 al 23 de septiembre de 1999;

Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1 º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2 º.El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Hernández Celis.

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