Por el cual se concede una franquicia postal con ocasión del centenario de Policarpa Salavarrieta
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Los objetos que se remitan por correo destinados a la Exposición organizada en la ciudad del Socorro para celebrar el centenario de Policarpa Salavarrieta, no pagarán impuestos postales, siempre que se les remita empacados convenientemente, de acuerdo con las disposiciones que reglamentan esta materia y que el peso de cada paquete no exceda del que las mismas disposiciones señalan.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de octubre de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.