Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público) Por $ 11.620.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 7677 de 1975, declaró sobrante la cantidad de $ 11.620.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 34 de 1975 por $ 11.620.000 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de inversión.
Contracréditos.
CAPITULO 560
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Programa 560.
| Construcción edificios y dotación. | Construcción edificios y dotación. | Construcción edificios y dotación. |
|---|---|---|
| Inversión directa. | Inversión directa. | Inversión directa. |
| Recursos ordinarios. | Recursos ordinarios. | Recursos ordinarios. |
| 563 435. Artículo 5601. Acondicionamiento de edificios para impuestos nacionales. | 6.500.000 | 6.500.000 |
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 4. | Cúcuta | 2.000.000 |
| 9. | Cartagena | 500.000 |
| 11. | Acondicionamiento 30 Recaudaciones de segunda categoría | 2.000.000 |
| 12. | Instalaciones en nuevas seccionales | 2.000.000 |
| 568 443. Artículo 5602. Adquisición de equipo para oficinas de Impuestos Nacionales | 5.120.000 | 5.120.000 |
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1. | Equipo de intercomunicación | 1.000.00 |
| 2. | Red de télex | 3.770.000 |
| 3. | Vehículos | 350.000 |
| Suman los contracréditos | $ | |
| --- | --- | --- |
Créditos.
Presupuesto de funcionamiento.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CAPITULO141
Dirección General de Impuestos Nacionales.
Programa 141.
Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales.
| Gastos generales. | Gastos generales. | Gastos generales. |
|---|---|---|
| 105 111 201. | Artículo 1417. Mantenimiento y aseguros | 1.270.000 |
| 106 111 205. | Artículo 1419. Viáticos y gastos de viaje | 1.000.000 |
| 106 111 207. | Artículo 1420. Servicios de comunicaciones | 1.000.000 |
| 106 111 209. | Artículo 1421. Servicios públicos | 2.350.000 |
| 106 111 211. | Artículo 1422. Materiales y suministros | 4.000.000 |
| 106 111 213. | Artículo 1423. Impresos y publicaciones | 2.000.000 |
| Suman los créditos | $ | |
| --- | --- | --- |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 8 de septiembre de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya
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