por el cual se crea una Oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Córdoba (Departamento de Bolívar), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 25 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ
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